"...En el análisis de fondo de la ley aprobatoria del acuerdo, la Procuraduría solicitó la inexequibilidad del capítulo 16 sobre propiedad intelectual, a excepción de lo relativo al acceso de los medicamentos para todas las personas. En lo demás, el capítulo podría retrasar las posibilidades de desarrollo de nuestro país pues la propiedad particular en algunos casos dura 70 años, situación que en la práctica representa que ese conocimiento resulte obsoleto al convertirse en bien colectivo. Igualmente, el país se convertiría en simple protector policivo de la propiedad intelectual de los Estados Unidos.
La referencia que hace el Tratado sobre los servicios públicos de telecomunicaciones en el capítulo 14, también resulta violatorio de la Carta Política. Según el concepto emitido por el organismo de control, vulnera la igualdad, la equidad, la reciprocidad y la seguridad jurídica de las empresas colombianas debido a que la mayoría de las obligaciones las asumiría Colombia sin la debida contraprestación económica".
1 comentario:
Qué opina sobre este concepto de la Procuraduría? Cómo las bibliotecas e instituciones educativas se pueden ver afectadas positiva o negativamente por Tratados de este tipo?
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